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RESOLUCIÓN No.
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LA ACREDITACIÓN ES
EL COMPROMISO DE TODOS
FECHA: ül FEB 2020
POR LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE LA
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 0012020
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
En uso de las facultades Constitucionales, Legales y Estatutarias, en especial las
conferidas por el numeral 3 del Artículo 2 de la Resolución No. 0364 de fecha
06 de marzo de 2006, y
CONSIDERANDO
Que la Universidad Popular del Cesar, es un establecimiento público autónomo, creado
mediante la Ley 34 del 19 de noviembre de 1976.
Que mediante Acuerdo No. 006 del 23 de febrero de 1999, Acuerdo No. 025 de 2003,
Acuerdo No. 034 de 2006, Resolución No. 0364 de 2006, Acuerdo No. 016 de 2014, y
demás normas que los modifican y/o adicionan, se establecieron los principios
generales y normas que rigen la contratación de la Universidad Popular del Cesar, con
fundamento en lo reglado en la Constitución y en la Ley 30 de 1992.
Que el Grupo de Gestión de Servicio Compra y Mantenimiento de la Universidad,
elaboró el Estudio de Conveniencia y Oportunidad No. 043'de fecha 1741-2020, en el
cual se determinó la necesidad de contratar la prestación del servicio de vigilancia y
seguridad privada sin armas, para las diferentes sedes de la Universidad Popular del
Cesar.
Que la Universidad, dispone de un presupuesto oficial para la presente 9nvocatoria
Pública, para contratar hasta por la sum 9 de MIL(SETECIENTOS 'OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS4ETENTA(Y SEIS'MIL OCHOCIENTOSIRECE PESOS-MiCTE
($1.708.476.813)--Incluido IVA y AU, correspondiente a Ips Certificados de
Disponibilidad Presupuestal No. 2020010089 No. 2020020017 de fecha 29 de enero
de 2020,"<expedidos por la Coordinación del Grupo de Gestión de Ejecución
Presupuestal.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTICULO PyiMERO: Ordénese la apertura de la Convocatoria Pública
No. 002 -2020, cuyo objeto es la "PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y
SEGURIDAD PRIVADA SIN ARMAS, PARA LAS DIFERENTES SEDES DE LA n.
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR".
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LA ACREDITACIÓN ES
EL COMPROMISO DE TODOS
No. ECHA: 0 2 29 F o 7 FEB 2020
POR LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE LA
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 002-2020
ARTICULO SEGUNDO: La presente Convocatoria Pública se realizará de conformidad
con el procedimiento reglado en el Acuerdo No. 006 del 23 de febrero de 1999, Acuerdo
No. 025 de 2003, Acuerdo No. 034 de 2006, Resolución No. 0364 de 2006, Acuerdo
No. 016 de 2014 y demás normas que los modifican y/o adicionan, así como las
disposiciones contenidas en pliegos de condiciones adoptados para la presente
Convocatoria Pública.
ARTICULO TERCERO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo, junto
con el pliego de condiciones definitivo y sus anexos, y las respuestas a las
observaciones al proyecto de pliego de condiciones en la página web del SECOP y de
la Universidad Popular del Cesar.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 2
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Valledupar a los, 7 FEB 2020
RUNG CISCA GUEVARA GÓMEZ
Rectora
Revisó: Aldemar Montejo Zapata — Jefe r(dtca (E)
Proyectó: KQJ - ACOJ